Modificación Reglamento de Máquinas y Salones de Juego en Castilla y León

La Junta de Castilla y León ha elaborado un proyecto para modificar la normativa relativa a máquinas de juego y salones de la región. Entre los aspectos más destacables de la nueva regulación, destacamos entre otros, los siguientes: -El contador de créditos de máquinas no admitirá una acumulación superior al equivalente al precio de 50 partidas simples. Sí puede haber un contador adicional de reserva de monedas que podrán pasar al contador de créditos sin rebasar el límite establecido.

-El juego se puede desarrollar mediante pantalla de televisión o similar, y puede ser controlado por señal de vídeo o similar. En todo caso, las máquinas no podrán tener más de diez juegos homologados.

-El precio máximo de la partida será de 20 céntimos. Se podrán realizar partidas dobles y triples cuyos precios serán dos y tres veces el de la partida simple, respectivamente, y en caso de máquinas tipo B especiales, cuádruples o quíntuples, cuyos precios serán cuatro y cinco veces el de la partida simple, respectivamente.

-El precio máximo que una máquina podrá entregar será 400 veces el precio de la partida jugada. En caso de máquinas interconectadas, el precio máximo será de 1.000 veces el precio de la partida.

-Las máquinas estarán programadas y serán explotadas en ciclos de 40.000 partidas consecutivas, devolviendo por cada ciclo no menos del 70% del valor de las partidas efectuadas.

-Se podrán homologar modelos de máquinas tipo B que cumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 9 y 10 otorguen premios por importe no superior a 1.000 veces el precio de la partida jugada.

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TODOELJUEGO.ORG/Dpto.legal

 

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