Extremadura autoriza la instalación de tres máquinas de tipo B1 en hostelería
Deberán pertenecer a la misma empresa operadora. Así queda recogido en el DECRETO 283/2015, de 16 de octubre, por el que se modifica el Decreto 117/2009, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar y de Salones Recreativos y de Juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Para interconectar máquinas de tipo B1 entre establecimientos de hostelería, estas deben llegar como mínimo al 20% del total del parque de máquinas autorizadas, perteneciendo igualmente, como mínimo, a cinco empresas operadoras.
Otras previsiones contenidas en el Decreto se resumen a continuación:
Requisitos homologación máquinas tipo B1
-Precio máximo de la partida, 0,20 euros.
-Premio máximo, 500 veces el precio de la partida.
-Porcentaje de devolución de premios no inferior al 70% del valor de las apuestas realizadas, debiendo cumplirse en todo el ciclo de 40.000 partidas consecutivas, o bien el setenta por ciento del total de las apuestas efectuadas de acuerdo con la estadística de las partidas que resulte de la totalidad de combinaciones posibles.
-Duración media de la partida no inferior a 3 segundos, sin que puedan realizarse más de 600 partidas en treinta minutos.
Requisitos homologación máquinas tipo B2
-Precio de partida no superior a 6 euros.
-Premio máximo, 6.000 euros.
-Porcentaje de devolución de premios no inferior al 70% del valor de las apuestas realizadas, debiendo cumplirse en todo el ciclo de 120.000 partidas consecutivas.
-Duración media de la partida no inferior a 3 segundos, sin que puedan realizarse más de 600 partidas en un periodo de 30 minutos.
-Las máquinas de tipo B2 deberán incorporar un sistema de monitorización que permita a la Administración el seguimiento y control de todas las operaciones de juego, ofreciendo la información sobre cantidades jugadas y premios y cuantías de los premios obtenidos en ellas, cuando los premios superen los 2.000 €.”
Requisitos homologación máquinas tipo B3
-Precio de partida 0,20 euros (máximo 6 euros partidas simultáneas).
-Duración media de cada partida no inferior a 2,5 segundos.
-Premio máximo que puede otorgar cada máquina será de 6.000 euros.
-Cada máquina deberá devolver un porcentaje de al menos el 80% del total de las apuestas efectuadas, de acuerdo con la estadística de partidas que resulte de la totalidad de combinaciones posibles.
Requisitos homologación máquinas tipo C
-Duración mínima partida 1,5 seg.
-Porcentaje devolución no inferior al 75%.
INTERCONEXIÓN
Máquinas tipo B (B1, B2)
Entre establecimientos de hostelería: Premio máximo 2.500 euros.
En salones: Premio máximo 6.000 euros.
Entre salones: Premio máximo 15.000 euros.
En salas de bingo: Premio máximo 6.000 euros.
En casinos: Premio máximo 25.000 euros.
Máquinas tipo B3
En Salones: Premio máximo 12.000 euros.
Entre Salones: Premio máximo 20.000 euros.
Máquinas o puestos intraconectados, no podrán interconectarse.
En salas de bingo: Premio máximo 45.000 euros.
Entre salas de bingo: Premio máximo 90.000 euros.
En Casinos: Premio máximo 18.000 euros.
Máquinas tipo C
En Casinos: Premio máximo 100.000 euros.
Entre Casinos: Premio máximo 150.000 euros.
PLANIFICACIÓN
-Posibilidad de instalar máquinas tipo B multipuesto (hasta dos puestos) en hostelería.
-En los salones recreativos y de juego, el número máximo de máquinas de tipo B.3 no podrá superar los seis puestos de juego.
-En las salas de bingo se podrán instalar hasta 20 máquinas de los tipos B.1 y B.2 o, alternativamente, a elección de su titular, una por cada veinte personas de aforo permitido en las salas de juego.
-En dichos establecimientos se podrán instalar, asimismo, hasta 40 máquinas de tipo B.3 o, alternativamente, a elección de su titular, una por cada diez personas de aforo permitido en las salas de juego.
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