Andalucía reduce determinadas tasas de juegos de azar para el año 2015

Bandera Andalucia

Reduce el tipo aplicable al primer tramo de la tarifa de casinos; se reduce el tipo del bingo electrónico, que pasa del 30 por ciento al 25 por ciento; se rebaja el tipo en caso de pruebas de nuevos juegos de bingo; se establece la fiscalidad de una nueva modalidad de máquina recreativa de tipo B con apuesta limitada a 10 céntimos de euro y se determina un tipo reducido para salones y empresas a partir de la décima máquina de tipo B autorizada.

Estas medidas y otras quedan recogidas en la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, cuyos aspectos más destacados se resumen a continuación:

MÁQUINAS

Para las máquinas tipo “B” o recreativas con premio se contempla, con carácter general, una cuota semestral de 1.850 euros.

A la explotación de cada máquina B.1 o B.3 de un solo jugador, que se instale adicionalmente en un salón de juego a partir de 10 unidades, se le aplicará una cuota semestral de 800 euros.

A las máquinas recreativas de tipo B.1 de un solo jugador, que en su homologación tengan limitada la apuesta a 10 céntimos de euro como máximo, se les aplicará una cuota semestral de 400 euros, sujeta al cumplimiento de determinados requisitos.

CASINOS

Los casinos de juego tributarán entre el 15% (tramo más bajo) y el 58% (tramo más alto).

BINGOS

En el juego del bingo, el tipo aplicable será del 20% del valor facial de los cartones jugados, con las siguientes excepciones:

– En la modalidad del juego del bingo que se califique reglamentariamente como bingo electrónico, el tipo de gravamen será del 25% sobre las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en el juego, descontada la cantidad destinada a premios.

– En las nuevas modalidades del juego del bingo autorizadas provisionalmente a los exclusivos efectos de prueba a que se refiere el Reglamento del Juego del Bingo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 65/2008, de 26 de febrero, el tipo de gravamen será del 25% sobre las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en el juego, descontada la cantidad destinada a premios.

La Ley se encuentra en vigor desde el 1 de enero de 2015.

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