Aprobados los nuevos reglamentos de salones y casinos de la C. Valenciana

Generalitat Valenciana

El Pleno del Consell ha aprobado los nuevos decretos que contienen la nueva regulación de Salones y Casinos, eliminando requisitos técnicos y simplificando los trámites a realizar con el objetivo de dotar de mayor agilidad la gestión de este sector, al tiempo que actualizan la regulación.

Así, en el nuevo decreto sobre salones la regulación de la distribución de las máquinas aprobada es completamente novedosa, ya que se introduce el concepto de «puesto de juego». Hasta ahora sólo se tenía en cuenta el número de máquinas, sin considerar que algunas, como las ruletas, permiten que jueguen hasta 10 personas a la vez. El concepto de puesto de juego refleja mejor el número de personas en juego que puede acoger un salón.

También se acota el número de puestos de juego que se han de reservar para las máquinas A y B y el que se puede destinar a otros juegos. El de otros juegos, entre los cuales están las apuestas, queda fijado en un 40% como máximo, para garantizar que el salón de juego no quede desvirtuado como local de máquinas de juego y que no pase a ser un local de apuestas, que tiene una reglamentación diferente.

Por otra parte, la distancia necesaria entre los salones se incrementa de los 200 metros actuales a 800 metros, manteniendo la autorización de los que estén en tramitación con arreglo a la normativa actual, para evitar la concentración de locales de juego.

También se actualizan algunos aspectos del Registro de Prohibidos, como consecuencia de los avances informáticos experimentados en los últimos años.

Otras novedades del decreto se refieren a la simplificación de trámites. Así, en las solicitudes de autorización de instalaciones se eliminan determinados requisitos técnicos que son competencia de otras administraciones: presentar los planos del local, las memorias, los certificados, distancia mínima entre máquinas, puertas y vías de evacuación o altura de los locales, entre otros.

También desaparece la obligación de solicitar a la conselleria autorización para realizar obras de reforma en el salón y la obligación de publicar en el DOCV la devolución de las fianzas de las empresas titulares de salones y de esperar dos meses para continuar el trámite de devolución.

REGLAMENTO CASINOS

En la misma línea el Decreto del nuevo Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana introduce modificaciones en este tipo de juegos, en el horario y además simplifica los trámites y cargas de carácter administrativo.

La medida forma parte de las actuaciones del Consell para racionalizar y optimizar un sector tan importante en la Comunitat Valenciana como el del juego, donde con el conjunto de todas sus modalidades genera más de 5.000 empleos directos y ha supuesto una recaudación para las arcas públicas de 137 millones de euros durante 2014.

En cuanto a las modificaciones en el juego, se amplía en 4 la relación de juegos exclusivos de casinos, al incluirse el Triple Black Jack, el Texas Póker de Contrapartida, el Triple Juego y el Texas Hold’em Póker Bonus.

Además, se admite la posibilidad de que las variantes electrónicas de los juegos de casino presenten variaciones respecto al modo presencial.

Asimismo, se amplía el horario de juego y se permite el funcionamiento ininterrumpido de los casinos durante las 24 horas del día (hasta ahora el horario estaba limitado a 20 horas diarias) facilitando que el casino adapte los horarios a las demandas existentes. En la práctica, el horario de las salas quedará fijado por una simple comunicación del casino a la Conselleria.

Otra novedad importante es que se amplía a siete el número de salas apéndice que pueden autorizarse en la provincia de Castellón, para equipararlo al permitido en las provincias de Alicante y Valencia.

Respecto a la simplificación de trámites y cargas, el Decreto elimina el requisito de la autorización previa por parte de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública de las bases de los torneos, bastando a partir de ahora con una comunicación hecha por el casino.

Desaparece también la obligación de publicar en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana la devolución de las fianzas de las empresas titulares de casinos y de esperar dos meses para continuar el trámite de devolución, que quedan sujetas al régimen general de fianzas de la Generalitat, por lo los titulares de los casinos podrán obtener la devolución varios meses antes, con el consiguiente ahorro de gastos financieros.

Otra novedad es destacable es que en el interior de las salas de juego podrán prestarse los servicios complementarios (servicio de bar, de restaurante, sala de estar, sala de espectáculos o fiestas, etc.), eliminando la rigidez existente en la anterior regulación, que limitaba la instalación a algunos de ellos.

Por otra parte, el nuevo Reglamento elimina la exigencia de los carnés profesionales para el personal de los casinos.

Nota de prensa