Catalunya modifica los porcentajes que se destinarán a premios en el bingo plus

Diario Oficial Catalunya
El titular de la sala de bingo podrá ajustar la oferta de la sala a la demanda del cliente en cada momento, en función de los horarios y de la afluencia de público, modificando el porcentaje de distribución de premios que se destina a constituir la bolsa de premios.

En concreto, se modifica el artículo 3 del Orden ECO/247/2012, de 27 de agosto, de autorización para la emisión de las series, de determinación de los valores faciales y de fijación de los porcentajes de distribución en premios de cartones físicos para el juego del bingo plus, que queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 3

«3.1 La parte de la suma de los valores faciales de los cartones vendidos en cada partida del juego del bingo plus destinada a premios oscilará entre el 68% y el 70%, según la opción por la que opte el titular de la sala de bingo en cada momento. Los usuarios deben conocer antes del inicio de la partida cuál es el porcentaje aplicado.

«3.2 El porcentaje destinado a premios se distribuye de la siguiente manera: 6% al premio de línea y 50% al premio de bingo.

«El 12 a 14% restante, según el porcentaje de premio que se esté aplicando a la partida, se destina a constituir una bolsa de que se abonan los premios de línea plus, reintegros, prima y bingo interconectado, en la proporción que determine cada sala».

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