Catalunya regula la tramitación telemática del impuesto que grava el juego del bingo
Primero, mediante una propuesta de autoliquidación al sujeto pasivo de la tasa fiscal que grava la autorización, celebración u organización del juego del bingo y, aceptada esta, permitiendo la presentación y pago telemático de la propuesta de autoliquidación.
Todo ello queda recogido en la ORDEN ECO/368/2015, de 16 de diciembre, por la que se regula la propuesta de autoliquidación correspondiente a la tasa fiscal que grava la autorización, celebración u organización del juego del bingo, y se habilita la presentación y el pago telemático de la autoliquidación obtenida mediante este procedimiento.
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