El Parlament aprueba la primera Ley del Juego y Apuestas de las Islas Baleares

Parlament Illes Balears
El Parlament ha aprobado la primera ley del juego de las Islas Baleares, la única comunidad autónoma que no disponía de un texto legislativo de estas características para regular el sector.

El texto presentado por el Govern ha salido adelante con el voto mayoritario del PP y el apoyo de la oposición en varios de sus artículos.

La presentación de la ley, que consta de 38 artículos, ha corrido a cargo del conseller de Economía y Competitividad del ejecutivo autonómico.

Hasta ahora la competencia en materia de juego se ejercía a través de una normativa muy dispersa. La nueva ley establece el marco jurídico para un sector económico que agrupa en Baleares a 90 salones de juego, cinco bingos, tres casinos y un parque de aproximadamente 4.100 máquinas del tipo B.

Los principios sobre los que se fundamente la ley, según recoge la misma, son la transparencia, la protección de menores y sectores sociales más vulnerables, la prevención de perjuicios a terceros y la garantía del pago de los premios.

El texto regula los principios generales para todo el sector: actividades de juego y apuestas, empresas, locales, personas que intervienen en la gestión, explotación y práctica de los juegos y apuestas, así como las advertencias de las posibles consecuencias por el uso abusivo del juego.

Como novedad destaca la inclusión de los locales de apuestas en el listado de establecimientos que podrán ser autorizados para la práctica del juego y apuestas. Se trata de los llamados «corners», donde se apuesta una cantidad de dinero a un resultado de partidos de fútbol, carreras de coches o de caballos, etcétera.

Las apuestas también se podrán llevar a cabo en casinos, bingos y salones de juego, además de en los propios locales de apuestas.

En materia de casinos se introduce como novedad la posibilidad de autorizar la apertura y funcionamiento de una sala accesoria para cada casino autorizado, siempre que se cumplan con los requisitos y condiciones que se establecerán reglamentariamente.

En el apartado de los derechos de los usuarios, jugadores o participantes en juegos y apuestas, la ley presta especial atención a la protección de menores e incapacitados legal o judicialmente, a los que se les prohibirá la entrada en los establecimientos en los que se desarrollen juegos y apuestas.

Tampoco podrán participar en ningún tipo de juego de suerte, envite o azar, ni participar en apuestas, ni emplear máquinas de juego con premio. El proyecto especifica que se podrán fijar otras limitaciones especiales de acceso y práctica de juegos y apuestas.

La nueva norma otorga especial relevancia al concepto de juego responsable.

Queda prohibido el acceso a casinos, bingos, salones, locales, establecimientos o salas dedicadas exclusivamente al juego y apuestas a las personas incluidas en la sección de Prohibiciones de Accesos del Registro General del Juego.

La Ley prevé infracciones leves, graves y muy graves, con sus correspondientes sanciones.

No comunicar el cambio de titularidad de la autorización en el plazo establecido es una infracción leve y se sanciona con una multa de 100 a 3.000 euros.

Entre las infracciones graves figuran la manipulación de las máquinas o elementos de juego o la interrupción sin causa justificada de una partida o un juego, por lo que la multa se cifra entre 3.001 y 30.000 euros.

Las infracciones muy graves conllevan multas de 30.001 a 450.000 euros, como en casos de realización o práctica de juegos o apuestas en locales no autorizados, la obtención de las autorizaciones mediante la aportación de datos falsos o documentos manipulados, o la utilización de elementos o máquinas de juego no homologados o no autorizados.

Fuente: diariodemallorca.es