Hasta el 25 de agosto para presentar alegaciones a los proyectos de apuestas y casinos de Baleares

Gobierno-islas-baleares-520x245

El pasado sábado se publicó en el BOIB la apertura del trámite de audiencia y de información pública de los Proyectos de decreto por los que se aprueban los Reglamentos de apuestas y de casinos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El plazo para presentar alegaciones finalizará el jueves 25 de agosto.

Algunas observaciones a los proyectos publicados:

APUESTAS

La instalación de terminales físicos accesorios de juego online de ámbito estatal se regulará mediante Orden del Consejero de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears competente en materia de juego. Asimismo, cualquier manifestación presencial que sea accesoria de las actividades de juego online, sean de competencia estatal o autonómica, deberá sujetarse a las disposiciones de desarrollo propias de la actividad de juego online y explotarse por las empresas operadoras del canal presencial.
Descartadas las apuestas sobre acontecimientos virtuales.

-El fondo destinado a premios no podrá ser inferior al setenta por cierto del fondo repartible.

-La publicidad requiere autorización administrativa previa.

-Las empresas de apuestas, sean personas físicas o jurídicas, tienen que contar con un capital social mínimo de 500.000 euros.

-La autorización para la organización y la explotación de las apuestas se tiene que conceder por un periodo de diez años, renovables por periodos de idéntica duración.

-Los titulares de autorizaciones para la organización y explotación de apuestas tienen que formalizar una fianza por una cuantía de 1.000.000 euros.

-La práctica de las apuestas podrá llevarse a cabo en salones de juego, bingos, casinos y locales específicos de apuestas debidamente autorizados.

-La unidad mínima de apuestas es de 1 euro, para apuestas simples, y de 10 céntimos de euro para apuestas combinadas o múltiples.

-En las apuestas cruzadas, la empresa autorizada podrá retener en concepto de comisión hasta el 5% del importe de las cantidades de las apuestas ganadoras.

CASINOS

Explotación de juegos de casino online reservada a los casinos autorizados para el juego presencial.

En juegos exclusivos de casino se introducen el Póquer trijoker, Pai Gow Póquer y Póquer de tres cartas.

Prohíbe nuevas autorizaciones para la instalación de un casino de juego a menos de 100 metros de centros de enseñanza de personas menores de edad, zonas de ocio infantil y centros permanentes de atención a las personas menores de edad.

Las empresas que aspiren a obtener una autorización de instalación de casino de juego deberán tener un capital social mínimo, suscrito y totalmente desembolsado, de 4.800.000 euros si se pretende explotar un casino en Mallorca, y de 2.400.000 euros si es en las islas de Menorca, Ibiza o Formentera. Por su parte, las fianzas a constituir serán de 900.000 euros si el casino que se pretende explotar está ubicado en Mallorca, de 450.000 euros si está ubicado en Ibiza y 250.000 euros si está ubicado en Menorca o Formentera.

Se podrá autorizar a cada casino de juego la apertura y funcionamiento de una sala de juego que, constituyendo una unidad de explotación y formando parte del mismo, se encuentre situada fuera del recinto o complejo donde se ubique dicho casino, y dentro del ámbito territorial de cada isla. Tendrán un período mínimo de funcionamiento de seis meses al año en el caso de Mallorca y de tres meses al año en el caso de Menorca e Ibiza. La empresa que pretenda obtener dicha autorización deberá constituir una fianza adicional a la recogida en el artículo 14 de este Reglamento de 450.000,00 euros si el casino que pretende explotar está ubicado en Mallorca y de 225.000,00 euros si está ubicado en Menorca, en Ibiza o en Formentera.

TODOELJUEGO.COM

Ver proyectos