La DGOJ habilita la posibilidad de realizar el pago telemático de la tasa de juego

DGOJ
Los sujetos obligados al pago de la tasa del juego podrán cumplimentar el correspondiente formulario en la sede electrónica de la Dirección General de Ordenación del Juego y elegir entre el pago telemático o el pago presencial en cualquier entidad colaboradora de la AEAT.

En el primer caso, una vez confeccionado y confirmado el formulario de pago de tasas, se podrá proceder a realizar el pago de la misma de forma telemática a través de la pasarela de pagos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, mediante cargo en cuenta de una de las entidades o mediante pago mediante tarjeta de crédito. Para formalizar el pago se exigirá la utilización de un certificado digital que asegure que la persona que realiza el pago es el propietario de la cuenta bancaria o de la tarjeta de crédito.

En el caso de optar por el pago presencial, se deberá imprimir los justificantes que facilita la sede electrónica y proceder al pago a través de cualquiera de las entidades colaboradoras de la AEAT. Posteriormente deberá hacer llegar al registro de la Dirección General de Ordenación del Juego el justificante debidamente validado por la entidad bancaria.

Toda esta información puede consultarse en el siguiente enlace:

http://www.ordenacionjuego.es/es/art-tasa-pago-telematico

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