La Rioja reduce la fiscalidad del bingo tradicional para el año 2016

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El tipo ordinario pasa del 58,82% al 55%, mientras que el tipo reducido pasa del 50% al 45%. Las tasas que gravan los juegos de máquinas y casino, así como las apuestas se mantienen.

Así queda recogido en la Ley 6/2015, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2016 de La Rioja que establece además:

En el Bingo Electrónico, se mantiene el 25% ordinario y el 15% reducido. Durante el primer año de funcionamiento del Bingo Electrónico, la tasa será del 15% y para el segundo, del 20%.

En el caso de las máquinas, si todas las máquinas de un operador están conectadas a un servidor, soportarán el 20% sobre las cantidades ingresadas menos los premios obtenidos.

Las máquinas de tipo B1 deberán abonar trimestralmente 900€, las de tipo C, 1.150€ y las de tipo D, 934€.

Las apuestas continuarán tributando al 10%.

Finalmente, destacar que la Ley lleva a cabo una modificación de la Ley 5/1999, de13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas, de La Rioja, en lo relativo a fianzas e inscripción en el Registro de Juego.

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