LGUM: ¿Unidad de mercado o pérdida de competencias autonómicas?

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El pasado 21 de abril, desde TODOELJUEGO.COM planteábamos cuestiones como: ¿Cómo debe producirse la intervención administrativa necesaria y proporcional para proteger la salud y el orden público sin vulnerar los principios de la LGUM? ¿Hasta qué punto la aplicación de la LGUM respeta las competencias exclusivas en materia de juego que ostentan las CC.AA? Cuestiones que lanzábamos en relación con un informe de la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado que consideraba contraria a los principios de la LGUM la actuación del Gobierno de Aragón en relación con la prohibición de instalar terminales auxiliares de juego online en salas de bingo de su territorio.

Estas cuestiones que planteábamos, estamos convencidos de que aventuraban, no solo las declaraciones del presidente del Consello Galego de Competencia (CGC), Francisco Hernández, sino otras muchas declaraciones y actuaciones que van a cuestionar el alcance de la garantía de la unidad de mercado y el de las competencias exclusivas en materia de juego que ostentan las CC.AA.

Y es que el pasado viernes, Francisco Hernández comparecía ante la cámara gallega para dar cuenta de la actividad del CGC. En el marco de su intervención, dejó unas interesantes declaraciones en relación con la LGUM, advirtiendo, ante la aplicación de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, que puede «limitar» las competencias de las Comunidades Autónomas en la detección y aplicación de sanciones a empresas y organismos que vulneren la libre competencia. También alertó de que la intervención de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMV) puede producir «cambios de interpretación» asegurando que ésta «en ningún caso puede imponer su criterio alegando unidad de aplicación».

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