Los bingos de La Rioja destinarán entre el 67% y el 70% a premios

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Estos porcentajes dependerán de si la empresa titular de la sala de bingo se acoge a un tipo tributario ordinario (67%) o reducido (70%).

Las empresas titulares de las salas deberán comunicar una de estas dos opciones a la Dirección General de Tributos dentro de los primeros quince días del ejercicio. En la comunicación deberá figurar el acuerdo de los órganos de representación de la sociedad.

Todo ello queda recogido en la Orden 19/2015, de 22 de diciembre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda por la que se aprueba el porcentaje de premios del bingo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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