Modificado el Reglamento del Juego del Bingo de la Comunidad Valenciana

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La cantidad a distribuir en cada partida se fija en el 69% del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos (línea 9%, bingo 47% y a los premios de bolsa acumulada 13%).

La bolsa acumulada se divide en dos reservas independientes, una de ellas, configurada por los premios de prima y prima extra, y la otra, por el premio de bingo acumulado, que se describen a continuación:

a) Prima: valor mínimo 50 euros, valor máximo 1.200 euros, en múltiplos de 50 euros. Orden de extracción: bola 54 o anterior.

b) Prima extra: valor mínimo 10 euros, y valores comprendidos entre 50 euros y 2.000 euros, en múltiplos de 50 euros. Las partidas de prima extra de valor superior a 1.000 euros, solo podrán jugarse a razón de una partida por semana.

c) Bingo acumulado: las cantidades fijadas como tope máximo para la dotación del bingo acumulado son las comprendidas entre mil euros (1.000 €) en tramos de mil hasta diez mil euros (10.000 €) y a partir de dicho importe hasta cincuenta mil euros (50.000 €), en múltiplos de diez mil euros. La escala de bola de extracción será la siguiente:

– Bola 40 o anterior: sesenta por ciento (60 %) de la dotación del bingo acumulado.

– Bola 41: veinte por ciento (20 %) de la dotación del bingo acumulado.

Estas son algunas de las modificaciones contenidas en la ORDEN 24/2014, de 15 de diciembre, de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por la que se modifica el anexo del Reglamento del Juego del Bingo, aprobado mediante el Decreto 43/2006, de 31 de marzo, del Consell, en vigor a partir de mañana.

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