País Vasco modifica el horario de apertura de las salas de bingo

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Podrán iniciar su actividad diaria a partir de las 11:00, según queda recogido en el DECRETO 14/2015, de 10 de febrero, de quinta modificación del reglamento del juego del bingo de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Este mismo decreto establece que el horario máximo de cierre de estos locales será el establecido en la normativa correspondiente en materia de horarios.

Con esta medida se pretende asimilar el horario de las salas de bingo al de los demás locales en los que se practican actividades de juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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