Publicada la orden que regula el bingo dinámico en la Comunidad de Madrid

Comunidad de Madrid

Las salas de bingo de la Comunidad de Madrid podrán ofrecer a sus clientes la posibilidad de practicar este juego a través de soportes o terminales electrónicos, o mediante cartones impresos, en la misma sala, tras la aprobación por parte de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Orden que regula la modalidad de bingo electrónico denominada bingo dinámico.

Entre las previsiones contenidas en la Orden, encontramos:

El porcentaje destinado a premios en el conjunto de partidas celebradas en cada trimestre natural por una misma empresa autorizada no será inferior al 70 ni superior al 75 por 100 de las cantidades jugadas, debiendo destinarse en cada partida al menos el 40 por 100 de lo jugado en ella.

La determinación de la distribución de los premios por combinaciones ganadoras corresponderá a la empresa comercializadora, quien deberá comunicarla al órgano competente en materia de ordenación y gestión del juego con una antelación mínima de cinco días naturales a su aplicación.

La empresa comercializadora podrá establecer distintas combinaciones ganadoras en cada una de las partidas dentro de las contenidas en el plan comunicado al órgano competente en materia de ordenación y gestión del juego. Asimismo, podrá establecer cualquier importe de premio para dichas combinaciones, ya sea una cantidad fija o un porcentaje de las cantidades jugadas en la partida, con sujeción a los porcentajes mínimos y máximos establecidos.

Finalmente, destacar que se prevé que La Consejería de Economía, Empleo y Hacienda realice, en el plazo de dos años desde la puesta en funcionamiento de esta nueva modalidad del juego del bingo, una evaluación sobre los efectos que la introducción de este juego haya tenido en el empleo del sector, así como en la recaudación tributaria.

La orden ya se encuentra en vigor.

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