Comunidad de Madrid publica nueva regulación de premios del bingo tradicional

Comunidad de Madrid

Se ha producido una redistribución de los porcentajes destinados a cada tipo de premio, flexibilizando la actual rigidez de la oferta, permitiendo que las empresas titulares de salas de bingo puedan configurar, a su elección, el porcentaje destinado al premio de prima. Además se regula un nuevo premio denominado prima garantizada.

También se llevan a cabo determinados ajustes técnicos relacionados con los elementos del juego del bingo, permitiendo que el abono de los cartones se efectúe no solo con dinero en efectivo sino también a través de tarjetas magnéticas o electrónicas prepago, y aumentando el número máximo de cartones que puede jugarse por un jugador en una partida asistida por terminales de juego.

Respecto a la modalidad de juego del bingo simultáneo, se contempla el empleo de generadores aleatorios de bolas con la finalidad de mejorar la dinámica de este juego.

Todo ello queda recogido en la ORDEN de 19 de mayo de 2015, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regulan determinados elementos de los juegos colectivos de dinero y azar.

Algunas de las previsiones contenidas en la Orden se resumen a continuación:

El premio de prima garantizada consiste en un premio adicional que obtendrá el jugador que resulte premiado con el premio del bingo con independencia del número máximo de extracciones que se requieran para su consecución. Las empresas titulares podrán decidir otorgar este premio en cualquier momento, pero su adjudicación deberá anunciarse con carácter previo a la venta de cartones de la partida en que se pretenda conceder.

CUANTÍA DE LOS PREMIOS DE LÍNEA Y BINGO

a) Establecimientos de categoría A:

— Línea: 7 por 100 del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida.

— Bingo: 56 por 100 del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida.

b) Establecimientos de categoría B:

— Línea: 7 por 100 del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida.

— Bingo: 55 por 100 del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida.

La cuantía de los premios de prima y prima garantizada se conformará mediante la detracción adicional y acumulación del 8 por 100 como máximo del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida. El titular del establecimiento estará obligado a crear una cuenta de primas en la que se acumularán los porcentajes detraídos en cada partida y en la que se adeudarán los importes otorgados como premio de prima y prima garantizada.

Cuando la empresa titular del establecimiento decida detraer un porcentaje para prima inferior al máximo establecido, o no detraer ninguno, el porcentaje no detraído deberá incrementar en esa misma partida los porcentajes establecidos para los premios de línea y bingo, según el criterio de la empresa.

La suma de los premios de línea y bingo más las detracciones acreditadas en la cuenta de primas en todas y cada una de las partidas celebradas deberá ascender al 71 por 100 en el caso de los establecimientos de categoría A y al 70 por 100 en el caso de los establecimientos de categoría B.

PREMIOS DE PRIMA Y PRIMA GARANTIZADA

La primera vez que se anuncie un premio de prima en la sesión de juego el número máximo de extracciones para obtener dicho premio deberá ser de 55.

El premio de prima consistirá en una cantidad mínima de 50 euros, pudiéndose fijar por la empresa titular del establecimiento como cuantía de la misma cualquier importe múltiplo de la cantidad de 50 euros siempre que no sea superior a 2.000 euros y se haya acumulado previamente dicho importe en la cuenta de primas. En todo caso, el importe de la prima anunciada será inferior al saldo que en el momento de anunciarla figure en la cuenta de primas.

El saldo de la cuenta de primas no podrá superar los 4.000 euros. Cuando la acumulación del porcentaje detraído en una partida hiciera superior este importe, se deberá anunciar en la partida inmediata siguiente una prima por el importe mínimo necesario para que, en esa misma partida, el saldo de la cuenta de primas vuelva a ser inferior al importe máximo establecido.

VENTA DE CARTONES

El número máximo de cartones que puede jugarse por un jugador en una partida asistida por terminales de juego será de 120.

La Orden ya se encuentra en vigor.

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