Baleares proyecta máquinas tipo “B” con hasta 50 juegos en memoria y sin límites de entrada de dinero

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Es el resultado de las alegaciones presentadas y tenidas en cuenta tras el periodo de información pública al que fue sometido el Proyecto de Decreto que debe aprobar el reglamento que regulará todo lo relativo a la explotación de máquinas recreativas y de juego en esta Comunidad Autónoma. Y así ha quedado reflejado en el texto que se ha enviado a la Comisión Europea para su examen.

En su momento, el proyecto informado en el mes de junio establecía, al respecto, las siguientes previsiones:

“Artículo 13. Juegos ofertados por las máquinas de tipo B

Se podrán homologar máquinas de tipo B que, cumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 14 y siguientes de este reglamento, oferten juegos integrados en su propia memoria y programación interna. Dichas máquinas podrán tener como máximo diez juegos homologados”.

“Artículo 14. Requisitos técnicos de las máquinas de tipo B

Para ser homologadas e inscritas en el registro correspondiente, las máquinas de tipo B deberán cumplir, además de los requisitos específicos de cada subtipo, todos y cada uno de los requisitos siguientes:

2. Los mecanismos de entrada no admitirán una acumulación superior al equivalente del valor de 50 partidas del precio máximo autorizado”.

Ahora, en la versión que desde el Gobierno Balear se ha enviado al TRIS (Comisión Europea), se establece:

“Artículo 13. Juegos ofertados por las máquinas de juego de tipo B

Se podrán homologar máquinas de juego tipo B que, cumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 14 y siguientes de este reglamento, oferten juegos integrados en su propia memoria y programación interna. Dichas máquinas podrán tener como máximo cincuenta juegos homologados”.

Respecto a los mecanismos de entrada, nada se dice en el artículo correspondiente a requisitos técnicos de las máquinas de tipo B, manteniéndose, no obstante, la previsión de instalar (Artículo 32)

“…

dispositivos que impidan al usuario introducir monedas o billetes de un valor superior al establecido para cada tipo de máquina o los que, en su caso, devuelvan automáticamente el dinero depositado en exceso.”

De poco o nada sirve impedir algo que no ha sido especificado.

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