Baleares regulará el canje y la baja temporal de las máquinas recreativas

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Aspectos no regulados hasta la fecha en la normativa autonómica de las islas y que supone dar respuesta a peticiones por parte de los operadores de altas y bajas definitivas de máquinas del mismo tipo o permitir las bajas temporales de las mismas.

Esta regulación surge en el contexto de una norma que se tramita actualmente para refundir en un único texto la regulación relativa al régimen jurídico de las máquinas recreativas de juego, los establecimientos autorizados y el régimen jurídico de las salas de juego.

Para dar respuesta a las carencias normativas advertidas, la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria prepara la modificación del Decreto 19/2006, de 10 de marzo, por el cual se regulan determinados aspectos del régimen jurídico aplicable a la instalación de máquinas de juego. En concreto, se regulan los cambios, bajas, traslados y bajas temporales de máquinas. En este último caso, destacar que se permite la baja temporal de máquinas B y C por periodo máximo anual de seis meses.

TODOELJUEGO.COM vía SAREIBA

Ver proyecto en el siguiente enlace

Proyecto decreto modif. dec instal maquinas de juego – versión defininitiva CASTELLANO (1)