Catalunya regula la tramitación telemática del impuesto que grava el juego del bingo

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Primero, mediante una propuesta de autoliquidación al sujeto pasivo de la tasa fiscal que grava la autorización, celebración u organización del juego del bingo y, aceptada esta, permitiendo la presentación y pago telemático de la propuesta de autoliquidación.

Todo ello queda recogido en la ORDEN ECO/368/2015, de 16 de diciembre, por la que se regula la propuesta de autoliquidación correspondiente a la tasa fiscal que grava la autorización, celebración u organización del juego del bingo, y se habilita la presentación y el pago telemático de la autoliquidación obtenida mediante este procedimiento.

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