Euskadi corrige la orden que regula los requisitos y condiciones de interconexión de máquinas de juego

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El número mínimo de máquinas a interconectar (800) no es por cada sistema de interconexión sino por cada empresa prestadora de sistemas de interconexión.

La corrección se refiere al artículo 19.2.a) de la Orden de 17 de marzo de 2017, por la que se regulan los requisitos y características técnicas de las máquinas de juego y sus condiciones de interconexión.

La corrección queda recogida en la ORDEN de 2 de mayo de 2017, de la Consejera de Seguridad, de modificación de la Orden de 17 de marzo de 2017, por la que se regulan los requisitos y características técnicas de las máquinas de juego y sus condiciones de interconexión, publicada hoy en el BOPV.

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