Fuertes sanciones para locales sin servicio de admisión en Valencia
La futura ley de Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos incluirá nuevas infracciones, como no contar con un servicio específico de admisión acreditado -los conocidos como porteros de discoteca-, lo que se podrá multar con entre 601 y 30.000 euros por ser infracción grave.
Así lo dio a conocer el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell del viernes, en el que se aprobó el anteproyecto de esta ley, que entre otras novedades amplía el catálogo de estos locales para incluir a los denominados chiringuitos, para darles así «cobertura jurídica».
La nueva ley especificará que todas las discotecas, salas de baile, salas de fiesta, pub o karaokes con aforo superior a las 200 personas deberán tener personal de admisión acreditado, e introduce como nueva infracción la apertura de un establecimiento falseando los documentos, que se considerará falta muy grave.
El objetivo de esta nueva norma, que actualiza la existente desde 2003 y se adapta a la directiva europea en esta materia, es modernizar el sector, simplificar los trámites administrativos para poder iniciar estos negocios, aumentar las medidas de seguridad de los usuarios y dotar de mayor calidad a estos servicios.
Castellano destacó como una de las principales novedades la reducción de los trámites administrativos y burocráticos para la apertura de estos establecimientos, que permitirá pasar de los ocho o nueve meses que actualmente se tarda como mínimo para tener todas las licencias, a poder estar en funcionamiento en el plazo de un mes.
Así, explicó que se introduce la «declaración responsable», que sustituye a las actuales licencias de actividad y de funcionamiento, por la que el ciudadano declarará ante su Ayuntamiento que cumple los requisitos legales parta abrir un establecimiento público.
Esta declaración debe ir acompañada de la copia de la obra o actividad, el certificado de cumplimiento de las condiciones legales y el certificado de contratación del seguro de responsabilidad civil, y los ayuntamientos disponen de un mes para verificarlas y dar la licencia de apertura. Transcurrido ese tiempo sin respuesta, se aplicará el silencio administrativo positivo.
Como excepción, para los locales que por aforo (más de 500 usuarios) o por condiciones especiales comporten un mayor riesgo, se seguirá utilizando el procedimiento de apertura mediante autorización, si bien la obtención de la licencia de apertura no superará los tres meses.
Otra novedad es la regulación de la venta de entradas, que añade a la prohibición de la venta y reventa ambulantes la reventa encubierta en la que se ofrecen las entradas como algo accesorio a la venta principal.
Asimismo, se introduce la distinción entre locales de amenización musical, como las cafeterías o restaurantes, a los que no se exigirá la insonorización del local, y los de ambientación musical.
La ley introduce también que para cambiar la titularidad de un local bastará con notificarlo al Ayuntamiento, sin necesidad de una autorización expresa, mientras que regula la Carta de calidad en los servicios que se presten para cada tipo de establecimiento.
Para proteger a los menores, se prohíbe la entrada y permanencia de menores de 18 años en casinos de juego o salas de bingo, o en locales con actividades inadecuadas o no aptas para menores, como los cibercafés, y no podrán acceder a salas de fiesta, discotecas y salas de baile los menores de 16 años.
Además, se establece un sistema de ventanilla única para tramitar todo tipo de expedientes, y se amplía el catálogo de locales para incluir las ludotecas, salones de baile, bodegas, billares y los locales públicos en zona marítimo-terrestre, los denominados chiringuitos.
Fuente: abc.es