La liquidez internacional podría extenderse a otros juegos más allá del póquer online

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Así lo pone de manifiesto la DGOJ en la Resolución por la que se acuerda autorizar una modalidad de liquidez distinta a la propia de la participación de los jugadores con registro de usuario español para el juego de póquer online y por la que se modifican determinadas resoluciones sobre las actividades de juego previstas en la ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

Iniciado el trámite información pública de la Resolución, los interesados en presentar alegaciones tendrán de plazo hasta el 1 de octubre.

Con vistas a que la Dirección General de Ordenación del Juego realice una correcta supervisión y monitorización de las actividades de juego ofertadas en un entorno de liquidez internacional, tanto para el póquer online como para otros juegos cuyo desarrollo en liquidez internacional se autorizase en el futuro, se modifica, por un lado, la Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición por la que se desarrollan las especificaciones técnicas de juego, trazabilidad y seguridad que deben cumplir los sistemas técnicos de juego de carácter no reservado objeto de licencias otorgadas al amparo de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, y, por otro, la Resolución de 6 de octubre de 2014, por la que se aprueba el modelo de datos del sistema de monitorización de la información correspondiente a los registro de operaciones de juego.

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