La Rioja aprueba el Registro de autorizaciones de explotación de máquinas y su Tasa Fiscal para el 3T 2020


La presentación de la liquidación y el pago del tributo correspondiente al tercer período de 2020 se realizarán de forma telemática entre los días 1 al 20 del mes de noviembre, mediante el modelo normalizado 048. 

Se establece el plazo improrrogable de un mes para que los contribuyentes puedan interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Tributos, contados desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 223.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 

Así queda reflejado en la Resolución de 10 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba el Registro de autorizaciones de explotación de máquinas de juego y su correspondiente tasa sobre juegos de suerte, envite o azar del tercer trimestre de 2020