Las PYMES dedicadas a actividades de juegos de azar y apuestas podrán acceder a incentivos en Andalucía

Bandera Andalucia

Así queda recogido en el Anexo I de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos en régimen de concurrencia no competitiva a las pequeñas y medianas empresas para el desarrollo industrial y la creación de empleo en Andalucía durante el período 2015-2018.

El Anexo I establece que pueden ser beneficiarios de los incentivos las empresas que desarrollen su actividad en una serie de sectores Industriales que incluyen juego y apuestas.

Podrán solicitar los incentivos objeto de las bases reguladoras, entre otras, las empresas válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro empresarial o alta en el impuesto de actividades económicas en el caso de empresario individual, que cumplan el requisito de ser trabajador autónomo o PYME, con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con independencia de dónde se encuentre el domicilio social, que ejerzan una actividad económica y no se encuentren expresamente excluidas de la presente Orden.

Por su parte, los incentivos podrán revestir alguna de las siguientes modalidades:

a) Subvenciones.
b) Bonificaciones de tipo de interés.
c) Préstamos a bajo interés.

Su alcance re recoge igualmente en la Orden publicada (Anexo III).

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