Mañana entra en vigor el Reglamento que regula las apuestas en Andalucía
Finalmente se publicó el Reglamento que nos permite presumir de tener las apuestas reguladas en todas las CC.AA de nuestro país (más Ceuta y Melilla), eso sí, cada una con sus peculiaridades.
Respecto a Andalucía, destacamos:
-Los lugares autorizados para la realización de apuestas serán:
Casinos, bingos, salones de juego, tiendas específicas de apuestas y recintos donde se celebra algún acontecimiento deportivo.
-Imposibilidad de apostar sobre acontecimientos virtuales.
-Las empresas titulares de apuestas deportivas deberán tener un capital social de 2.000.000 de euros y constituir una garantía de 1.000.000 de euros. Destaca en este punto el reconocimiento de garantías establecidas ante otras administraciones.
-Las empresas titulares de apuestas deportivas deberán presentar un informe trimestral sobre las apuestas realizadas, importe, tipo, premios.
-La vigencia de autorizaciones de explotación es indefinida, si bien los locales específicos de apuestas deberán renovarla cada quince años.
-La superficie mínima de las tiendas específicas de apuestas será de 25m2.
-El número máximo de máquinas auxiliares a instalar en casinos, bingos, salones y tiendas será de una por cada dos metros cuadrados de superficie útil.
-El precio mínimo de la apuesta será de 0,20€.
Todo ello queda recogido en el Decreto 144/2017, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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