ONCE, autorizada a vender sus productos en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón
La venta de productos de ONCE solo podrá llevarse a cabo por aquellos agentes vendedores que estén autorizados y debidamente identificados, mientras que el convenio tendrá un duración de dos años, pudiendo ser prorrogado por periodos consecutivos de la misma duración, hasta que cualquiera de las partes denuncie, de manera expresa y por escrito su no continuación, en un plazo mínimo de dos meses de antelación a su vencimiento o a cualquiera de sus prórrogas.
Así queda reflejado en la ORDEN de 24 de septiembre de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Organización Nacional de Ciegos Españoles, para la ubicación de agentes vendedores de la ONCE, para la comercialización de diversas modalidades y productos de lotería, en los centros sanitarios pertenecientes a la red de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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