Publicada en el BOE la normativa que regula la reglamentación básica de las máquinas de azar online y las apuestas cruzadas
En el caso de las primeras, la regulación no contempla limitar los premios, ni los importes máximos y mínimos de cada partida. Respecto a los terminales físicos accesorios, únicamente podrán ofrecerse juegos que respeten las especificaciones técnicas y, en particular, las limitaciones de precios de partida, premios y retorno al jugador previstas en la normativa autonómica de aplicación.
Otras previsiones contenidas en la Orden que regula las máquinas de azar online se resumen a continuación:
-La partida tendrá una duración mínima de 3 segundos.
-La participación en el juego de máquinas de azar podrá realizarse en modo manual o en modo automático:
En el modo manual, la partida comenzará en el momento en el que el participante active manualmente la función de determinación de la combinación de signos resultante.
En el modo automático, la partida se iniciará una vez configurada dicha forma de juego. No se podrá configurar en modo automático más de 100 partidas, y en todo caso, en cualquier momento se podrá abandonar el modo automático.
-El participante, antes de iniciar la sesión destinada al juego de máquinas de azar, deberá establecer el tiempo máximo que está dispuesto a emplear y la cantidad máxima en que está dispuesto a minorar su cuenta de juego a lo largo de dicha sesión.
Por último, la normativa referida entrará en vigor el día de la publicación de la orden ministerial por la que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, se apruebe el pliego de bases que regirán la nueva convocatoria de licencias generales para el desarrollo y explotación de actividades de juego.
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En el siguiente documento se puede ver una comparativa entre el proyecto inicialmente publicado y la Orden aprobada