Publicado el Reglamento de Locales de Juego de Aragón

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A partir de su entrada en vigor, la Comunidad Autónoma de Aragón no otorgará más de 6.200 autorizaciones de explotación de máquinas de tipo B.1, destinadas a ser instaladas en establecimientos de hostelería, en sus diferentes categorías, salvo canje de máquinas de tipo B.1 para su instalación en los locales de las mismas características.

Además, el reglamento regula la clasificación de los locales de juego (salones recreativos, salones de juego, salas de bingo y casinos de juego), superficies y aforo, número máximo de máquinas por establecimiento, distancias los diferentes locales, número máximo de estos, procedimiento para la obtención de autorizaciones y fianzas, entre otros.

Entre las previsiones contenidas en el Reglamento, destacamos:

Salones recreativos y salones de juego.

-La superficie mínima de los salones recreativos no deberá ser inferior a 50 metros cuadrados útiles y de los salones de juego no deberá ser inferior a 150 metros cuadrados útiles.

-El número máximo de máquinas a instalar será de una por cada tres metros cuadrados de la superficie útil del local.

-Los salones de juego deberán tener instaladas un mínimo de tres máquinas de tipo B, siempre que, al menos, conlleve la instalación de 15 puestos de juego.

-No podrán concederse nuevas autorizaciones de salón de juego a menos de 300 metros medidos desde el centro de la entrada principal de un salón de juego autorizado y siguiendo el eje vial más corto que tenga la clasificación de bien de dominio público.

Salas de bingo.

El número máximo de salas de bingo que se podrán autorizar y el aforo máximo que entre todas ellas podrán disponer será el siguiente:

a) Zaragoza capital: 15 salas de bingo y 6.500 plazas de aforo máximo.

b) Huesca capital: 2 salas de bingo y 650 plazas de aforo máximo.

c) Teruel capital: 1 sala de bingo y 450 plazas de aforo máximo.

d) Resto de municipios: 1 sala de bingo.

No se podrán conceder nuevas autorizaciones de sala de bingo o traslados de las autorizadas a menos de mil metros de otra que, al tiempo de solicitarse, estuviera autorizada o en trámite de autorización.

Casinos de juego.

En los casinos de juego existirá una sala de juego principal y podrán autorizarse otras salas. Las salas de juego deberán encontrarse en el mismo edificio o contiguo con el del casino, salvo que el órgano competente en la gestión administrativa de juego autorice una sala de juego adicional, que deberá reunir las mismas características y requisitos que los locales de juego y, en cualquier caso, deberá existir un registro de admisión y de control de asistencia y de identificación de los usuarios.

Horarios.

1. El horario de funcionamiento de los salones recreativos y de juego estará comprendido entre las 08.00 horas de un día y las 02.00 del día siguiente.

2. El horario de funcionamiento de las salas de bingo estará comprendido entre las 10.00 horas de un día y las 04.00 horas del día siguiente, si bien, la jornada de juego de bingo tendrá un período máximo de funcionamiento de 11 horas, excepto los viernes, sábados y vísperas de festivo que podrá ser, como máximo, de 12 horas.

El horario de funcionamiento de las máquinas recreativas y terminales de apuestas instaladas en estos establecimientos estará comprendido entre las 10.00 horas de un día y las 04.00 horas del día siguiente.

3. El casino, dentro de los límites máximos de horario fijados en la autorización de local de juego, determinará libremente las horas en que efectivamente comiencen y terminen los juegos, pudiendo establecer horarios diferentes para cada juego, ya sean de mesas, círculo o torneos, y para los días laborables, festivos y vísperas. Se podrá fijar un horario específico para las máquinas recreativas y de azar, con independencia de su ubicación en el establecimiento. Las salas de juego no podrán estar abiertas más de dieciséis horas sin interrupción.

Todo ello queda recogido en el DECRETO 39/2014, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Locales de juego, en vigor a partir de mañana, 28 de marzo de 2014.

TODOELJUEGO.COM/Dpto.legal

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