Sentencia del TJUE en asunto Engelmann Casinos Austria

El TJUE ha dictado sentencia en el asunto C 64/08 declarando que es contraria a derecho la concesión de licencias para explotar casinos, únicamente a empresas establecidas en Austria. Sin embargo, el hecho de establecer la obligación de constituir sociedades anónimas para dicha explotación está justificado por el mayor control de la actividad que permiten este tipo de sociedades.
Por otro lado, en Austria, la explotación de casinos (12 en total) se lleva a cavo mediante una concesión a Casinos Austria AG por 15 años, que fue ampliada directamente sin previa licitación, lo que también ha declarado contrario a derecho el Tribunal.
Sin embargo, sí respeta el Derecho Europeo y no es contraria a la libre prestación de servicios, una concesión por este periodo de 15 años en la que se han cumplido los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación. Se entiende que ha de otorgarse tiempo suficiente al concesionario para recuperar su inversión y hacerla rentable.
TODOELJUEGO.ORG/Dpto.legal

 

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